La traducción jurada es un tipo particular de traducción que debe ser certificada por un traductor o traductora especialmente acreditados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
La labor de los traductores jurados es, por tanto, la de refrendar, con carácter legal, que el texto certificado se corresponde exactamente con la traducción al idioma meta del texto original. Esto quiere decir que el traductor no podrá adaptar, corregir o modificar, bajo ningún concepto, la información que figure en el documento original, más allá de realizar y certificar la traducción de la misma, ni están autorizados a certificar la autenticidad o falsedad del documento original.
Para certificar una traducción jurada, los traductores jurados disponen de la siguiente fórmula, que deberán incluir obligatoriamente en el texto traducido.
Don/Doña ……………………………… (nombre y apellidos), Traductor/a-Intérprete Jurado/a de …………………………… (idioma) nombrado/a por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, certifica que la que antecede es traducción fiel y completa al ………………………. (lengua de destino) de un documento redactado en ………………… (lengua de origen).
En …….. (lugar), a …………… (fecha).
Firma
Esta certificación debe ir firmada y sellada mediante un sello oficial en el que figurará, según la Orden AEC/2125/2014, el nombre y apellidos del traductor/a – intérprete jurado/a , el/los idioma/s para los que está habilitado para ejercer dicha labor, y el número de T/I.
¿QUÉ HACE FALTA PARA SER TRADUCTOR/A JURADO/A?
Como es lógico, para poder optar al título de Traductor – Intérprete Jurado es necesario haber cursado previamente el grado de Traducción e Interpretación.
Una vez hecho esto, los traductores deben superar el examen convocado periódicamente por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, tras lo cual se les otorgará un carné acreditativo que incluirá el número de Traductor/a – Intérprete Jurado/a, la fecha de nombramiento, los datos personales e idiomas del traductor, su nacionalidad y una foto identificativa.
Si ya se posee un título de Traductor/a Jurado/a proveniente de un país extranjero, este se podrá convalidar u homologar a través del propio Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Los traductores jurados figuran en el registro de la Oficina de Interpretación de Lenguas, donde se pueden consultar el listado de traductores por idioma, y acceder a los datos de contacto de los mismos.
¿CUÁNDO ES NECESARIO QUE UNA TRADUCCIÓN SEA JURADA?
Si precisa presentar ante un organismo oficial cualquier tipo de documentación, de carácter legal o administrativo, en un idioma distinto al original, ésta deberá estar certificada obligatoriamente por un traductor/a jurado/a mediante la fórmula anteriormente descrita, para corroborar la veracidad y fidelidad de la misma. Esta documentación incluye, entre otros:
- Certificados de estudios y expedientes académicos.
- Sentencias jurídicas.
- Certificados médicos.
- Documentos de identidad, pasaportes o libros de familia.
- Permisos de residencia.
- Carnés de conducir.
- Certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, etc.
- Trámites de adopción.
- Escrituras y poderes notariales.
- Licitaciones, contratos, estatutos de sociedades o patentes.
- Testamentos
- Etc.
Para solicitar una traducción jurada, no es necesario presentar el documento original, ya que los traductores solo están obligados a firmar y sellar una copia del mismo, impresa en papel. Esto, además, permite contratar los servicios de traductores jurados que no residan necesariamente en nuestra ciudad, o incluso que residan en el extranjero.
Los traductores jurados carecen de tarifas oficiales de traducción, por lo que pueden fijar libremente los precios en función de la urgencia de la traducción, su experiencia como traductor/a o el grado de complejidad del texto.
Por otro lado, dado que los documentos originales suelen estar en papel y dificultan el uso de programas de traducción asistida (como el Trados Studio), no es habitual que se realicen descuentos por repetición, salvo que sean documentos prácticamente idénticos, o copias de traducciones juradas, que se facturan por un porcentaje de la tarifa de la primera traducción.
Si tenéis dudas o queréis más información sobre nuestros servicios de traducción jurada o procedimientos de trabajo, no dudéis en dejar vuestros comentarios, o poneos en contacto a través de nuestro formulario.
¡Os ayudaremos en todo lo que podamos!
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