¿Necesitas una traducción jurada en tiempos de COVID-19? Descubre cómo hacerlo de manera fácil y segura.

Con la declaración del estado de alarma decretado el pasado 16 de marzo por el presidente del gobierno, Pedro Sánchez, y el consecuente confinamiento, la solicitud y entrega de traducciones juradas se vieron irremediablemente alteradas. Las oficinas no estaban operativas y el envío de originales firmados y sellados resultaba cuanto menos complicado sin poner en riesgo nuestra salud, la de los mensajeros e incluso la de los clientes.

A pesar de que dicho estado de alarma haya finalizado, la preocupación por la aparición de rebrotes y la ausencia aún de una vacuna contra la COVID-19 ha obligado a una búsqueda de alternativas de entrega de este tipo de documentos, tanto a los clientes, como a las administraciones.

Por ello, desde Zesauro Traducciones hemos establecido una serie de protocolos que faciliten el proceso, y que permitan minimizar las complicaciones derivadas de una situación que nos ha sobrepasado a todos.

Te lo contamos a continuación.

Procedimiento de entrega digital de traducciones juradas

Tras recibir el documento escaneado por parte del cliente, procedemos a facilitarle la documentación a nuestros traductores. Esto no ha cambiado respecto a antes de la pandemia.

Una vez realizado el trabajo, los traductores nos envían la traducción ya escaneada siguiendo el formato habitual (traducción + certificado + original), y procederemos a entregársela al cliente de manera digital y dentro de los plazos previamente acordados. En la mayoría de los casos, al cliente le bastará con esta documentación para continuar con el proceso, ya que muchos trabajan de manera telemática con las administraciones o continúan teletrabajando, por lo que no habrá ningún problema en que les hagamos llegar los originales más adelante, cuando se reincorporen a sus respectivas oficinas.

¿Qué pasa si el cliente necesita la traducción física?

En el caso de que el cliente precise de una entrega física de los documentos originales, y carezca de un servicio de mensajería propio, gestionaremos la mensajería desde la dirección del traductor —al que facilitaremos previamente los datos de entrega— hasta la dirección de destino, nacional o internacional.

Sin embargo, el hecho de precisar los documentos físicos suele ser una situación excepcional, ya que, desde el pasado 6 de abril, el MAEC autoriza el uso de la firma digital en las traducciones juradas. De esta manera, si los traductores disponen de firma electrónica, la incorporarán a la versión digital de las mismas.

La principal ventaja que presenta la firma electrónica es el ahorro en gastos de mensajería y la reducción notable en los plazos de entrega.

Es importante tener en cuenta que la firma electrónica en ningún caso sustituye a la jura de la traducción. Por lo tanto, la traducción irá siempre firmada, sellada y fechada, siendo el escaneo lo que contiene la firma digital. Sobra decir que, pese a la entrega de documentación digitalizada, los clientes siempre dispondrán de la traducción en papel si así lo solicitaran.

Se debe tener muy presente que en España, clientes, empresas y administraciones aceptan las firmas electrónicas en las juradas a español. Esto no podemos garantizarlo en las juradas a otros idiomas, puesto que depende de si las instituciones y clientes del país de destino están dispuestos a aceptarla.

Como ves, existen maneras eficaces, rápidas y, sobre todo, seguras, de obtener una traducción jurada perfectamente válida, sin necesidad de tenerla físicamente. 

Puedes solicitar tu presupuesto, sin compromiso, en Zesauro Traducciones.

Y, como siempre, si necesitas más información sobre nuestra empresa o tienes preguntas sobre nuestros servicios, no dudes en contactarnos a través de Facebook, Twitter, LinkedIn, o déjanos un mensaje en nuestro formulario.

Te ayudaremos en todo lo que podamos.

¡Gracias por leernos y muchos ánimos!

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