Traducción financiera: el factoring

El mundo financiero y empresarial está plagado de anglicismos, y hoy vamos a abordar uno particularmente extendido entre las grandes empresas: el «factoring».

¿Quieres saber qué términos se emplean para traducir adecuadamente este anglicismo? Te lo explicamos a continuación.

Qué es el «factoring» y cómo traducirlo

Llega un momento en toda empresa, en el que —con un poco de suerte y las cosas bien hechas— surge la posibilidad de crecer y expandirse, asumiendo mayores cuentas y pedidos. Cuando esto sucede, suele implicar un mayor volumen de inversión anticipada y, habitualmente, el cobro de facturas aplazado a grandes clientes. Esto aumenta el riesgo financiero y puede suponer un punto crítico si, por ejemplo, el cliente se declara en bancarrota y nunca se llega a cobrar una factura por un producto o servicio que ya ha implicado un gasto previo. Para minimizar ese riesgo, existe una práctica financiera muy extendida entre las grandes empresas y que, poco a poco, comienza a utilizarse también por las PYME: el «factoring». El «factoring» consiste en que una empresa vendedora recurre a un intermediario —generalmente una entidad financiera o factor— a la que le vende o cede el cobro de las facturas emitidas a un determinado comprador. A cambio de esta cesión, la entidad financiera adelanta el pago de dicha factura al vendedor, deduciéndole una serie de intereses y comisiones previamente pactados. Con esta práctica, el vendedor generalmente se asegura el cobro de las facturas y se evita tener que hacer un estudio de sus clientes y del riesgo de impago. Además, esta práctica permite incrementar la tesorería de la empresa sin interferir con las líneas de crédito tradicionales que pueda tener con su entidad bancaria. Así pues, y hablando en sentido estricto, el «factoring» puede traducirse como un contrato de cesión de crédito realizado a través de una entidad financiera. Esta cesión de crédito puede ser en firme, que supone el comentado adelanto de las facturas, o en comisión de cobranza, donde no existe tal adelanto, sino que el vendedor queda a la espera del cobro al comprador por parte del intermediario. Por otro lado, los contratos de cesión de crédito en firme pueden ser de dos tipos:
  • Sin recurso: en el que la entidad bancaria asume el riesgo de insolvencia del comprador, independientemente del adelanto percibido por el vendedor.
  • Con recurso: en la que existe una cláusula «pro solvendo» que obliga al vendedor a devolver el adelanto percibido a la entidad bancaria en caso de impago por parte del comprador. Esto sería equivalente a un descuento o «confirming».
Otros términos relacionados con los contratos de cesión de crédito, y que debemos de tener presentes cuando nos enfrentamos a la traducción de este tipo de términos financieros son, por ejemplo, los «accounts receivable», que hacen referencia a los créditos comerciales pendientes de cobro por parte de la empresa vendedora al comprador. Cuando el vendedor establece un contrato de cesión de crédito con una entidad financiera o factor, este crédito pasa a ser un crédito cedido o «factored account». A partir de ese momento, será la entidad financiera la que pase a hacerse cargo de la gestión del cobro o «collection management». Esperamos haber arrojado un poco de luz sobre este complejo y apasionante mundo que es el de la traducción financiera. Si te has quedado con ganas de saber más, tienes información adicional en los siguientes enlaces:

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